La SIC le impone millonaria multa a multivertical Latinoamericana Rappi

Rappi
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) multó con millonaria sanción a la famosa multivertical Latinoamericana Rappi.
De acuerdo con un comunicado oficial emitido por el organismo de control colombiano la sanción corresponde a $1.755.606.000, equivalentes a dos mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Según la información suministrada, Rappi S.A.S. no indica a sus clientes de manera precisa las restricciones para acceder a las promociones y ofertas, incurriendo en publicidad engañosa.
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Además, la SIC encontró contradicciones en lo expresado por la empresa respecto a los servicios que ofrecía en el país pues, según ellos, eran un portal de contacto.
En este sentido, según la SIC, la empresa de domicilios incurrió en varias fallas las cuales describe de la siguiente forma.
– No indicó de manera suficiente, precisa y veraz, las restricciones para acceder a las promociones y ofertas.
– No suministró de manera clara, suficiente, oportuna, precisa y veraz la información relacionada con los precios expuestos visualmente en su plataforma de comercio electrónico, ni garantizó el derecho que les asistía a los consumidores a solo pagar el precio anunciado.
– No suministró de forma suficiente la información correspondiente a las vueltas correctas, toda vez que al incluir en su modelo de negocio la devolución de vueltas en “RappiCréditos” y no en la moneda de curso legal, estaba obligado a informar suficientemente dicha disposición, a efectos de garantizar la información mínima para la adopción de decisiones de consumo razonables e informadas.
· Incluyó cláusulas abusivas que limitaban su responsabilidad, implicaban renuncia de derechos de los consumidores, presumían la manifestación de su voluntad y restringían o eliminaban su facultad de hacer efectivas las garantías ante Rappi.
– No informó de manera previa a los consumidores en las transacciones de venta a través de métodos a distancia, la existencia de los derechos de retracto y la reversión del pago, ni el trámite de los mismos.
– No garantizó el derecho de reversión de pagos que les asistía a los consumidores, al no efectuar oportunamente los reembolsos dentro de los términos legales establecidos.
– No garantizó el derecho que les asistía a los consumidores de recibir productos y servicios con calidad, encontrándose probadas fallas en la prestación de los servicios postventa, tales como: i) demoras en la entrega de los pedidos, ii) cancelación de productos, iii) no aplicación de cupones, iv) no devolución del dinero, v) omisión en el cargue los RappiCréditos, vi) no entrega de productos, vii) entrega de productos diferentes a los solicitados o en mal estado, viii) cobros injustificados, entre otros.
Frente a esto la entidad dio un nuevo plazo de treinta (30) días hábiles para que la plataforma implemente las medidas correspondientes.
Fuente: Infobae
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